Calculadora de deducción IRPF para placas solares
Calculadora gratuita de incentivos fiscales para placas solares en España. Estima la deducción IRPF (RDL 19/2021), bonificación IBI hasta 50%, IVA 10% y subvenciones Next Generation por CCAA.
Calculadora de deducción IRPF para placas solares
Valor de la subvención: 0 €
Cómo usar esta calculadora
La calculadora suma la deducción IRPF, la subvención CCAA y el coste bruto para obtener el coste neto para particulares en España:
- Coste bruto del sistema — precio del contrato de su instalador antes de subvenciones. En abril 2026 una instalación FV de 3 kWp con autoconsumo cuesta 4.500–6.500 € IVA incluido; una de 5 kWp 7.000–9.500 €. La mediana UNEF Q1 2026 es 1,55 €/Wp para residencial ≤5 kWp.
- Deducción IRPF (% del coste) — introduzca 40 si la instalación reduce el consumo de energía primaria no renovable ≥30% o lo lleva a clase A/B (típicamente sí en aerotermia + FV); introduzca 20 si solo cumple el 7% de reducción. La 60% solo aplica en rehabilitaciones de edificio completo (no instalación particular).
- Subvención / bonificación (€) — slot fijo. Introduzca aquí su subvención Next Generation de la CCAA (típicamente 600 €/kWp × kWp instalado, con tope 3.000–6.000 €). NO incluya la bonificación IBI aquí — esa es un descuento futuro sobre el IBI, no sobre el coste de la instalación.
Cómo funciona el cálculo en España
España estructura los incentivos al solar residencial en tres palancas: (a) deducción IRPF en la próxima Renta, (b) subvenciones autonómicas Next Generation con cuantía fija por kWp, (c) bonificación municipal del IBI. La deducción IRPF reduce la cuota a pagar; la subvención llega como pago directo; la bonificación IBI aplica sobre los recibos siguientes:
coste_bruto = precio contrato (IVA 10% incluido)
deduccion_IRPF = base × pct (con tope 5.000 € o 7.500 € según tramo)
subvencion_CCAA = €/kWp × kWp instalado (típicamente 350–600 €/kWp)
coste_neto = coste_bruto - deduccion_IRPF - subvencion_CCAA
ahorro_IBI = (cuota_IBI × 50% × 3 años) flujo aparte sobre recibos siguientes
Ejemplo para una vivienda en Sevilla (abril 2026):
- 4 kWp FV en autoconsumo, bruto: 6.000 € (IVA 10%)
- Deducción IRPF tramo 40% (la instalación + aerotermia preexistente lleva el certificado de clase D a A): base 5.000 € (tope) × 40% = 2.000 €
- Subvención Andalucía Next Generation (600 €/kWp × 4 kWp): 2.400 €
- Coste neto: 1.600 €, 73,3% de descuento efectivo
- Bonificación IBI Sevilla 50% × 3 años (cuota IBI 800 €/año): 1.200 € adicionales sobre los 3 recibos siguientes
- Coste neto efectivo total: 400 €
Deducción IRPF — los tres tramos del RDL 19/2021
El RDL 19/2021, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2025 por la Ley 7/2024 (con expectativa de prórroga 2026 en próxima Ley de Presupuestos), establece tres deducciones acumulables en la Disposición Adicional 50ª de la Ley del IRPF:
| Tramo | % deducción | Base máxima | Requisito acreditable |
|---|---|---|---|
| Tramo 1 | 20% | 5.000 €/anualidad | Reducción ≥7% de la demanda de calefacción y refrigeración (CEE pre/post) |
| Tramo 2 | 40% | 7.500 €/anualidad | Reducción ≥30% del consumo de energía primaria no renovable, O calificación A/B en CEE post-obra |
| Tramo 3 | 60% | 5.000 €/anualidad (15.000 € total) | Rehabilitación energética del edificio completo (residencial), reducción ≥30% energía primaria |
Importante: solo se aplica un tramo, no son acumulables entre sí. La instalación FV residencial casi siempre encaja en el tramo 1 (20%) por sí sola; combinada con aerotermia o caldera de biomasa puede alcanzar el tramo 2 (40%); el tramo 3 solo aplica a comunidades de propietarios reformando todo el edificio.
Procedimiento:
- Obtener Certificado de Eficiencia Energética (CEE) antes de las obras y registrarlo en el órgano autonómico correspondiente
- Realizar la obra entre 6 de octubre de 2021 y 31 de diciembre de 2025 (o fecha prorrogada)
- Obtener CEE post-obra que demuestre la reducción exigida
- Incluir en la declaración de la Renta del ejercicio del pago, casillas 0700–0716 (Anexo A)
- Conservar facturas, CEE pre/post, y CIE de la instalación
Subvenciones Next Generation por CCAA — abril 2026
Cuantías típicas para autoconsumo doméstico (Programa 4) en abril 2026. Verificar convocatorias específicas en cada CCAA:
| CCAA | Cuantía | Tope por instalación | Estado convocatoria |
|---|---|---|---|
| Andalucía | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| Madrid | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta hasta agotamiento |
| Cataluña (ICAEN) | 350 €/kWp | 3.000 € | Convocatorias mensuales |
| Comunidad Valenciana (IVACE) | 300 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| Galicia (INEGA) | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| País Vasco (EVE) | Variable territorio histórico | 3.000–6.000 € | Convocatorias trimestrales |
| Castilla-La Mancha | 600 €/kWp | 3.000 € | Próxima convocatoria mayo 2026 |
| Murcia | 350 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| Aragón | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| Castilla y León | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta hasta agotamiento |
| Asturias | 350 €/kWp | 3.000 € | Convocatorias mensuales |
| Cantabria | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| La Rioja | 350 €/kWp | 3.000 € | Convocatorias trimestrales |
| Navarra | 350 €/kWp | 3.000 € | Convocatorias mensuales |
| Extremadura | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| Baleares | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
| Canarias | 600 €/kWp | 3.000 € | Abierta |
Los fondos vienen del PRTR (Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia) y se gestionan vía Real Decreto 477/2021 con presupuesto limitado por convocatoria. Solicitar antes del inicio de obras (algunas CCAA permiten retroactivamente hasta 30 días).
Bonificación IBI — el incentivo municipal
La bonificación del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) por instalaciones de autoconsumo está regulada por el artículo 74.5 TRLRHL. Cada ayuntamiento decide. En las grandes capitales en abril 2026:
| Ciudad | Bonificación | Duración | Requisito |
|---|---|---|---|
| Madrid | 50% | 3 años | Potencia ≥1 kWp |
| Barcelona | 50% | 3 años | Sin requisito de potencia mínima |
| Valencia | 50% | 5 años | Para autoconsumo |
| Sevilla | 50% | 3 años | Vivienda habitual |
| Zaragoza | 50% | 3 años | Vivienda habitual |
| Bilbao | 50% | 3 años | Sin requisito |
| Málaga | 50% | 3 años | Vivienda habitual |
| Murcia | 50% | 3 años | Sin requisito |
| Las Palmas | 50% | 3 años | Vivienda habitual |
| Palma | 50% | 5 años | Sin requisito |
| Vigo | 50% | 3 años | Sin requisito |
| Pamplona | 50% | 5 años | Vivienda habitual |
| A Coruña | 50% | 3 años | Sin requisito |
| Granada | 50% | 3 años | Vivienda habitual |
| Alicante | 50% | 5 años | Sin requisito |
Solicitud: en el ayuntamiento (oficina del IBI o sede electrónica), aportando:
- Proyecto técnico firmado
- Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) tramitado en la CCAA
- Boletín eléctrico
- Factura del instalador
- Solicitud antes del 1 de marzo del ejercicio para que aplique en el recibo de ese año
IVA 10% vs 21%
El IVA al 10% (artículo 91.Uno.2.10º Ley 37/1992) aplica a obras de renovación y reparación en viviendas cuando:
- El destinatario sea persona física que utilice la vivienda como propia
- La construcción tenga ≥2 años de antigüedad
- El coste de los materiales no supere el 40% de la base imponible
Para una FV residencial promedio (4 kWp, 6.000 € donde materiales son ~3.500 € y mano de obra ~2.500 €), los materiales son 58% del total — superan el 40% — por lo que el IVA debería ser 21%. Sin embargo, en la práctica la AEAT acepta el 10% si la factura presenta materiales y mano de obra desglosados y el desglose es razonable; muchos instaladores facturan al 10% como “obra de instalación” aplicando criterio de obra única. Consulte con su asesor fiscal antes de firmar para confirmar el tratamiento aplicable a su caso.
Compensación de excedentes — RD 244/2019
Aunque no es un crédito fiscal, la compensación simplificada de excedentes del Real Decreto 244/2019 es la principal palanca de retorno económico. La comercializadora descuenta del término de energía consumido el valor de la energía vertida valorada a precio mercado horario PVPC (típicamente 6–10 ct/kWh en horario solar — vs término de consumo 18–25 ct/kWh PVPC valle/punta). El saldo nunca puede ser negativo (no se paga el excedente — solo se compensa). Aplicable a instalaciones ≤100 kWp.
Combine con calculadora de inversión, calculadora de coste y calculadora de amortización
Imagen completa: esta calculadora muestra la pila de incentivos al día 1; la calculadora de inversión cubre el régimen empresarial (libertad de amortización, deducción Disp. Adicional 50ª); la calculadora de amortización transforma todo en años de retorno (típicamente 5–8 años en España con incentivos plenos); la calculadora de coste valida su precio bruto contra benchmarks UNEF.
Fuentes
- Agencia Tributaria — Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética — autoridad fiscal
- Real Decreto-Ley 19/2021 — base normativa de la deducción IRPF
- IDAE — Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía — guía oficial autoconsumo
- UNEF — Unión Española Fotovoltaica — datos de mercado y precios
- BOE — Real Decreto 244/2019 autoconsumo — régimen de compensación de excedentes
- PRTR — Componente 7 Energías Renovables — fondos Next Generation
- CNMC — Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia — regulación del sector eléctrico
- Iberdrola Smart Solar / Endesa One Tempo Solar / Holaluz — comparativas de mercado